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domingo, 14 de julio de 2019

Los conceptos litúrgicos de "lectura propia" y "lectura apropiada"





El capítulo IV de la segunda parte de la Ordenación de las lecturas de la Misa (en adelante, OLM), trata sobre la estructura de tal "ordenación". El ítem 5 se titula: "Acerca de las celebraciones de los santos". En el n. 83 de dicho ítem se definen los conceptos litúrgicos de "lectura propia" y "lectura apropiada", como aplicables a la Liturgia de la Palabra de la Misa en celebraciones con el rango de "memoria". Las fiestas y las solemnidades cuentan siempre con lecturas asignadas, que son propias o apropiadas y que deben ser proclamadas sí o sí. Claro está que siempre nos estamos refiriendo a lecturas tomadas de las Sagradas Escrituras.


Lecturas propias

Como ocurre con todas las fiestas y solemnidades, hay unas pocas memorias que poseen lecturas que no pueden ser cambiadas. Son memorias de misterios de la vida de la Santísima Virgen o de santos mencionados en los textos bíblicos como protagonistas del relato, el cual pone de manifiesto la absoluta predisposición de ellos para responder a los requerimientos del Señor.

En otras palabras, los textos aluden expresamente a la persona del santo o del misterio celebrado con el rango de "memoria obligatoria" en la Misa. Salvo en estos casos, casi siempre es preferible optar por las lecturas de la feria correspondiente antes que por las asignadas a las memorias de los santos.

El Leccionario siempre expresa puntualmente cuándo se trata de lecturas propias, es decir, que deben ser preferidas a las feriales. La rúbrica reza así: Lectio prior huius memoriae est propria ("La primera lectura de esta memoria es propia") o Evangelium huius memoriae est proprium ("El Evangelio de esta memoria es propio)". Hay dos casos (v. infra, memorias litúrgicas de "María, Madre de la Iglesia" -añadida al Calendario Romano general en 2018- y de la "Dedicación de las Basílicas de San Pedro y San Pablo, apóstoles"), en cada una de las cuales la rúbrica dice: Lectiones huius memoriae sunt propriae ("Las lecturas de esta memoria son propias", refiriéndose a ambas).

Algunas traducciones a las lenguas vernáculas de ciertos calendarios litúrgicos, o aclaran igual que el Leccionario, o se limitan a generalizar imprecisamente "lecturas propias". Desafortunadamente, a veces no se especifica nada.

 
Las siguientes son las "memorias obligatorias" del Calendario Romano general, que cuentan con una de las lecturas que es propia (la que precede al Evangelio o este mismo):

-Santos Timoteo y Tito, obispos (26/01): la primera lectura es propia; se puede optar entre una Epístola de san Pablo a Timoteo (II Tim. 1, 1-8) y una a Tito (Tit. 1, 1-5). S.R. 95, 1-3. 7-8a. 10.

-María, Madre de la Iglesia (lunes inmediatamente siguiente a Pentecostés): Ambas lecturas son propias (Gén, 3, 9-15. 20 o Hech. 1, 12-14; Sal. Jdt. 13, 18bcde-19; Jn. 19, 25-27).

-Inmaculado Corazón de María (sábado contiguo al viernes en que se celebra la solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús): el Evangelio es propio (Lc. 2, 41-51).

-San Bernabé, apóstol (11/06): la primera lectura es propia (Hech.11, 21b-26; 13, 1-3).

-Santa Marta (29/07): el Evangelio es propio (se puede optar entre Juan 11, 19-27 y Lc. 10, 38-42).

-Martirio de san Juan Bautista (29/08): el Evangelio es propio (Mc. 6, 17-29).

-Nuestra Señora de los Dolores (15/09): el Evangelio es propio (se puede optar entre Juan 19, 25-27 y Lc. 2, 33-35).

-Santos Ángeles Custodios (02/10): el Evangelio es propio (Mt. 18, 1-5. 10).


He aquí las "memorias facultativas" del Calendario universal, las cuales, de celebrarse, tienen asignadas una lectura propia o ambas (este último es el caso de la del 18/11):

-San José Obrero (01/05): El Evangelio es propio (Mt. 13, 54-58).

-Dedicación de las Basílicas de San Pedro y San Pablo, apóstoles (18/11): Ambas lecturas son propias (Hech. 28, 11-16. 30-31; Sal. 97, 1-6; Mt. 14, 22-23).


Lecturas apropiadas

Son aquellas "que ponen de relieve algún aspecto peculiar de la vida espiritual o de la actividad del santo". (OLM, 83). En estos casos no es obligatorio proclamarlas, a no ser que haya una razón pastoral que lo aconseje: sería el caso de algún jubileo importante del santo (aniversario significativo de su nacimiento o muerte terrena, por ejemplo, o de su beatificación o canonización; especial relación de la comunidad celebrante con el santo, por custodiar sus reliquias, por ejemplo, etc). De hecho, cuando no hay lecturas apropiadas pero por los motivos recién mencionados se desee celebrar a un santo de manera más propia, se puede recurrir a los correspondientes "Comunes", elaborados en función de las diferentes categorías de santos.

Es necesario tener en cuenta que cada vez que un hijo de la Iglesia es beatificado, la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos le asigna a modo de "proposición" dos lecturas para la Misa (la primera con su salmo correspondiente, y el Evangelio). Estas lecturas, nunca obligatorias por tratarse de memorias de quienes no son mencionados en el texto bíblico, son simplemente sugeridas por destacar algún aspecto particular de la vida y misión del santo. Si bien siempre puede optarse por ellas, también se presentan como alternativa las del respectivo "Común" en el que pueda inscribirse el santo o al "Común de santos y santas", de carácter más general. No obstante esto, en circunstancias normales, la praxis aconsejable es preferir las lecturas de la feria para no interferir en la continuidad de su proclamación. En efecto, los libros litúrgicos exhortan a "no omitir con frecuencia y sin motivo suficiente las lecturas asignadas para cada día en el Leccionario ferial, ya que es deseo de la Iglesia que los fieles dispongan de una mesa de la Palabra de Dios ricamente servida". (Cf. Ibíd supra; IGMR. n. 316; Sacrosanctum Concilium. n. 51). En cualquier caso, -lo especifican los mismos libros- el sacerdote debe proveer ante todo al bien espiritual de los fieles y no a devociones personales.


14 de julio de 2019, domingo XV del Tiempo Ordinario.
Entrada dedicada a Jesucristo, Palabra Eterna del Padre.

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