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lunes, 24 de junio de 2019

Eventualidades litúrgicas: Sagrado Corazón, San Juan Bautista, Santos Pedro y Pablo





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Los siguientes son casos hipotéticos que raramente suceden en el Calendario Romano general. No obstante, su análisis nos permite conocer mejor la normativa que rige en ocasión de ocurrencia y/o concurrencia de celebraciones litúrgicas:


Caso A

En el infrecuente caso de que la solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús (que se celebra normalmente el viernes posterior al segundo domingo después de Pentecostés) ocurriera un 24 (por ejemplo, en el año 2022), o 29 de junio, las solemnidades de la Natividad de san Juan Bautista y de los santos Pedro y Pablo, apóstoles, deben ser trasladadas -pues ceden el puesto a la del Señor-, y, donde son de precepto, a juicio de las Conferencias Episcopales, dejan o no de serlo.

Esta facultad de derogar ocasionalmente la condición de fiesta de guardar es infrecuente, pero efectivamente posible. Por ejemplo, en Estados Unidos, la solemnidad de la Asunción de la Santísima Virgen es de precepto, pero pierde su condición de tal cuando cae en sábado o lunes.
Por otra parte, son raros los casos en que la solemnidad de un santo patrono sea de precepto.

Ahora bien, ¿cómo se realiza, en el caso planteado, el traslado de las solemnidades de la Natividad del Precursor o de los dos máximos Apóstoles y qué efectos produce dicha transferencia en la liturgia? 

1.¿ Deben anticiparse al jueves (23 y 28) respectivamente?
2. ¿Deben posponerse al sábado (25 y 30) respectivamente?

Las dos posibilidades parecen estar avaladas por la normativa. De hecho, ambos días (jueves y sábado), son "el más próximo libre de celebraciones de los números entre el 1 y el 8 de la "Tabla de los días litúrgicos dispuesta según el orden de precedencias". (Cf. Normas universales del Año litúrgico y del Calendario, 60. -En adelante, NUALC-) 

1. En ambos casos, la solemnidad transferida se vería impedida o de las Primeras Vísperas (posposición), o de las Segundas (anticipación).

Ahora bien, las solemnidades que no son de precepto y carecen de Misa vespertina de Vigilia (como el Sagrado Corazón), salvo que ocurran un domingo, no se celebran la tarde del día anterior en cuanto a la Misa aunque sí deban recitarse esa misma tarde sus Primeras Vísperas, luego de la Misa del día corriente. Esto de acuerdo con la normativa litúrgica que establece que las solemnidades "comienzan a celebrarse la tarde del día anterior con las Primeras Vísperas". (NUALC. 11), pero que "las Primeras Vísperas  de las solemnidades, domingos y fiestas del Señor que coinciden con el domingo, no podrán celebrarse hasta que se haya celebrado la Misa del día precedente o del sábado". (Principios y normas generales de la Liturgia de las Horas, 96).

Únicamente las solemnidades de precepto o aquellas que tengan Misa vigiliar  (como la Natividad del Bautista y los santos Pedro y Pablo), empiezan a celebrarse (aparte de en la Liturgia de las Horas), también con la Misa en la tarde anterior (Cf. NUALC. 11). 

Si se observa un calendario de la Conferencia Episcopal Española, esto no se ha tenido en cuenta para las solemnidades de la Anunciación del Señor y del Sagrado Corazón de Jesús, que no son de precepto ni tienen formulario de Vigilia. Efectivamente, según lo allí especificado, ambas comienzan a celebrarse la tarde anterior no solamente en cuanto a la Liturgia de las Horas, como corresponde, sino también en cuanto a la Misa.


1. Por tanto, el eventual traslado (por anticipación) de dichas solemnidades al jueves inmediatamente precedente, plantearía el siguiente esquema:


Miércoles 22 o 27:

Misa vespertina de la Vigilia y Primeras Vísperas de la correspondiente solemnidad anticipada.

 
Jueves 23 o 28:

Misa durante todo el día y Liturgia de las Horas hasta Nona, de la respectiva solemnidad anticipada. Primeras Vísperas del Sagrado Corazón de Jesús.

Es interesante hacer notar que la traducción al italiano del n. 60 de las NUALC, menciona el traslado de una solemnidad impedida "al primer día siguiente", y no "al más próximo", como dice el original en latín y su traducción al español. Estas son las respectivas traducciones en las tres lenguas referidas:
        
          Italiano:

«Se nello stesso giorno capitano più celebrazioni, si celebra lufficio di quella celebrazione che nella tabella dei giorni liturgici occupa il posto superiore. Tuttavia una solennità impedita da un giorno liturgico, che ha la precedenza, si trasferisce al primo giorno seguente che sia libero da uno dei giorni elencati ai nn. 1-8 nella tabella delle precedenze, salvo quanto è stabilito al n. 5 delle Norme per lanno liturgico. Le altre celebrazioni impedite per quell'anno si omettono».

Latín:

In occurrentia accidentali, sollemnitas quæ impeditur a die liturgico qui præcedentia gaudeat, ad proximiorem diem transferatur qui sit liber a diebus sub nn. 1-8 in tabula præcedentiæ recentis. Reliquæ celebrationes eo anno omittintur».

Español:

Si varias celebraciones caen el mismo día, se celebra la que tiene prioridad en la tabla de días litúrgicos. Con todo, la solemnidad impedida por un día litúrgico prioritario, se traslada al día más próximo que no sea de los días indicados en los nn. 1-8 de la tabla de prioridad, teniendo en cuenta lo establecido en el n. 5. Las demás celebraciones se omiten ese año.


Según la estricta interpretación de la versión en italiano, la anticipación de una solemnidad no sería una opción posible. En la versión en latín, que es el texto original, y en su traducción al español, sí es una opción. Así se explica la anticipación de la solemnidad de san José (19/3) cuando cae en Semana Santa, como ocurrió, por ejemplo, en 2008, en que dicha solemnidad ocurrió en Miércoles Santo y se adelantó al sábado anterior al Domingo de Ramos (15/3).

En la aclaración Responsum ad dubia, (ítem c), sobre el año 2022, la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, a causa de la ocurrencia entre las solemnidades del Sagrado Corazón de Jesús y de la Natividad de san Juan Bautista (24/6), establece la anticipación de una u otra según el caso. En circunstancias normales, se prefiere, como es de suponer, la solemnidad del Señor, en tanto que la del Precursor se anticipa al 23. La Conferencia Episcopal Española y otras han elaborado sus calendarios litúrgico-pastorales de acuerdo con tal disposición. Pero donde el Bautista es "patrono de la nación, de la diócesis, de la ciudad o de la comunidad religiosa", la que se ha de trasladar al 23 es la del Sagrado Corazón de Jesús, que se celebrará litúrgicamente hasta Nona. Gran extrañeza produce la razón que allí se expone (el eventual patrocinio del santo Precursor), para anticipar la solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús y no la del Natalicio del Bautista, en una resolución hasta ahora inédita, desde la reforma litúrgica del Concilio Vaticano II. En efecto, entre una solemnidad del Señor y una de un santo, siempre tiene prioridad la primera.

Respecto de por qué, en el primer caso, se opta por anticipar al 23 y no por posponer al 25, la solemnidad de la Natividad del Bautista, quizás sea para poder celebrar esta misma solemnidad plenamente en cuanto a la Misa. De hecho, en la tarde del 22 de junio, aparte de las I Vísperas de la solemnidad, tiene lugar la Misa vespertina de la Vigilia. Y el 23 de junio, aunque prevalezcan las I Vísperas de la solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús sobre las II Vísperas del santo Precursor, se debe celebrar la Misa de este último. En efecto, al no ser de precepto la solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús y carecer de Misa de Vigilia, como se asentó más arriba, las normas litúrgicas establecen que las I Vísperas solo pueden celebrarse luego de la Misa propia del día corriente, que en este caso es la de san Juan Bautista.

Si se hubiera optado por la posposición de la solemnidad del Precursor al sábado 25 (como hizo la Conferencia Episcopal Argentina) el 24 las I Vísperas habrían sido desplazadas por las II Vísperas del Sagrado Corazón. La Misa de la Vigilia del Bautista también habría sido desplazada por la del Sagrado Corazón. El sábado 25, solo se hubiera podido celebrar plenamente la solemnidad del Bautista en cuanto a la Liturgia de las Horas. La Misa propia, podría celebrarse  solo hasta Nona, puesto que la Misa vespertina tendría que ser la dominical, de acuerdo con la norma de los "días de precepto anticipados a la Víspera" *. La Conferencia Episcopal Argentina, como se acaba de decir, en 2022, trasladó la Natividad del Bautista al sábado 25, seguramente con el aval de la Santa Sede. De otra manera, no habría sido lícito apartarse de la disposición de anticipar (y no posponer) una u otra solemnidad según el caso, mencionada arriba y establecida por la Congregación para el Culto Divino, la única que puede decidir, con el aval del Romano Pontífice, sobre las solemnidades del Calendario universal. De acuerdo con lo ya dicho, dicha Conferencia Episcopal, con su decisión, imposibilitó la celebración de las Primeras Vísperas y de las Misas vespertinas de la Vigilia y del día propio de la solemnidad de la Natividad de san Juan Bautista, reduciendo tal solemnidad a la Misa matutina y a las laudes y visperas. También ese año hubo que omitir la memoria obligatoria del Inmaculado Corazón de María. (Ver más abajo el esquema del "traslado por posposición", n. 2).

Viernes 24 o 29:

Misa y Liturgia de las Horas del Sagrado Corazón de Jesús durante todo el día.


Sábado 25 o 30: 

Hasta Nona, Misa y Liturgia de las Horas de la memoria del Inmaculado Corazón de María. En ambos casos, Misa vespertina dominical del Tiempo Ordinario, a tenor de la ya citada normativa litúrgica* vigente. El 30, dicha memoria del Inmaculado Corazón de María, por ser "obligatoria", imposibilita la eventual celebración de la memoria libre de los Santos primeros Mártires de la Iglesia de Roma.



2. Por su parte, el eventual traslado (por posposición) de las solemnidades arriba mencionadas al sábado inmediatamente siguiente (V. g. Conferencia Episcopal Argentina, 24-25/6/2022), plantearía este esquema:


Jueves 23 o 28:


Durante todo el día, Misa de la feria correspondiente (el 23) o de la memoria obligatoria de san Ireneo, obispo, mártir y doctor de la Iglesia (el 28). Primeras Vísperas del Sagrado Corazón de Jesús.


Viernes 24 o 29:

Misa y Liturgia de las Horas del Sagrado Corazón de Jesús durante todo el día.


Sábado 25 o 30:

Hasta Nona, Misa de la Natividad de san Juan Bautista o de los santos Pedro y Pablo, respectivamente. Se omite la memoria obligatoria del Inmaculado Corazón de María que, según la "Tabla de precedencias", cede su paso a la correspondiente solemnidad. Misa vespertina dominical del Tiempo Ordinario (cf. supra*).  Durante todo el día, Liturgia de las Horas de la correspondiente solemnidad, de acuerdo con la misma "Tabla".


Caso B

En el también infrecuente caso de que la solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús ocurriera un viernes 23 o 28 de junio, las solemnidades de la Natividad de san Juan Bautista y de los santos Pedro y Pablo "concurrirían", en cuanto a sus Primeras Vísperas, con las Segundas de aquella, primando estas últimas. El esquema celebrativo sería este:


Jueves 22 o 27:

El 22, durante todo el día, Misa, y hasta Nona, Liturgia de las Horas de la feria, o de la memoria facultativa del obispo san Juan Fisher y de santo Tomás Moro, mártires ambos, o del obispo san Paulino de Nola; y el 27, durante todo el día, Misa, y hasta Nona, Liturgia de las Horas de la feria o de la memoria facultativa de san Cirilo de Alejandría, obispo y doctor de la Iglesia. Después de Nona, Primeras Vísperas de la solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús.


Viernes 23 o 28:

Misa y Liturgia de las Horas del Sagrado Corazón de Jesús todo el día.


Sábado 24 o 29:

Hasta Nona, Misa de la solemnidad de la Natividad del Bautista (el 24) o de los santos apóstoles Pedro y Pablo (29). Misa vespertina dominical del Tiempo Ordinario*. Durante todo el día, Liturgia de las Horas de la solemnidad correspondiente, de acuerdo con la "Tabla". No se celebra la memoria obligatoria del Inmaculado Corazón de María.


Caso C

En el no menos improbable caso de que la solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús ocurriera un viernes 25 o 30 de junio, las solemnidades de la Natividad de San Juan Bautista y de los Santos Pedro y Pablo "concurrirían" en cuanto a sus Segundas Vísperas con las Primeras de aquella, primando estas últimas. El esquema celebrativo sería el que sigue:


Miércoles 23 o 28:

Misa matutina de la feria (el 23) y de la memoria obligatoria de san Ireneo, obispo, mártir y doctor de la Iglesia (el 28) y Misa vespertina de la Vigilia de la solemnidad correspondiente. Hasta Nona, Liturgia de las Horas de la feria (el 23) y de san Ireneo (el 28). En ambos casos, Primeras Vísperas de la solemnidad correspondiente.


Jueves 24 o 29:

Durante todo el día, Misa de las mencionadas solemnidades del Bautista y de los dos máximos Apóstoles, respectivamente. Liturgia de las Horas hasta Nona, de dichas solemnidades. Primeras Vísperas de la solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús.


Viernes 25 o 30:

Durante todo el día, Misa y Liturgia de las Horas de la solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús.


Sábado 26/6 o 1°/7: 

Hasta Nona, Misa y Liturgia de las Horas de la memoria obligatoria del Inmaculado Corazón de María. Después, Misa y Primeras Vísperas del correspondiente domingo del Tiempo Ordinario.


Caso D

Un caso particularísimo

Cuando la Pascua de Resurrección ocurre el 22 de abril (año 2057, por ejemplo), la solemnidad de la Natividad de san Juan Bautista ocurre en el domingo, al cual en la mayoría de los países  se traslada la solemnidad del Santísimo Cuerpo y Sangre del Señor -si no es de precepto-. A su vez, la solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús coincide con la de los santos apóstoles Pedro y Pablo, que a la luz de la mentada "Tabla", debe trasladarse. En este caso, se plantearían esquemas celebrativos diferentes, dependiendo de si aquella solemnidad del Señor se traslada o no:

+Donde la solemnidad del Cuerpo y la Sangre del Señor se traslada del jueves que le es tradicionalmente propio (en este caso, el 21) al domingo siguiente (en este caso, el 24):

Volviendo nuevamente al modificado n. 5 de dichas NUALC, advirtamos que este punto habla del traslado al lunes -cf. supra, 1- (y ya no al sábado, como hasta entonces) de las solemnidades que coincidieran con los Domingos de Tiempos "fuertes" de Adviento, Cuaresma o Pascua. El hecho es que la eventual coincidencia de la solemnidad del Bautista con el domingo al que se ha transferido la solemnidad del Cuerpo y la Sangre del Señor, plantea la ocurrencia de ambas con un domingo del Tiempo Ordinario y no con alguno de los Domingos de tiempos fuertes, aludidos en la norma. Por tanto, y sabiendo que la que ha de trasladarse es la del Bautista (ya que, correspondiendo a un santo, cede su puesto a la del Señor), es discutible si en este caso debe posponerse al lunes o anticiparse al sábado (ambos son el "día más próximo que esté libre de los días inscritos en los números del 1 al 8 de la Tabla" -Cf. ibídem supra). Por ello, es necesario describir los dos esquemas posibles: a) el de la anticipación al sábado, que podría hallar fundamento en lo antes dicho: no está vedado por la norma; y b) el de la posposición al lunes, a favor del cual podría argüirse a modo de analogía, el fundamento esgrimido en el citado "Decreto" modificatorio, que explica la conveniencia que el traslado al lunes reporta para la solemnidad y para el domingo de "tiempo fuerte". (Al comienzo de esta entrada, se halla el link que remite a otra que contiene las NUALC, al final de la cual se halla dicho "Decreto" transcripto y comentado).


Esquema a): anticipación de la solemnidad de la Natividad de san Juan Bautista al sábado 23 de junio:
 

Viernes 22 de junio:

Hasta Nona, Misa y Liturgia de las Horas de la feria, o de la memoria facultativa del obispo san Juan Fisher y de santo Tomás Moro, mártires ambos, o del obispo san Paulino de Nola. Después de Nona, Misa vespertina de la Vigilia y Primeras Vísperas de la solemnidad de la Natividad de san Juan Bautista.


Sábado 23 de junio:

Hasta Nona, Misa y Liturgia de las Horas de la solemnidad del Bautista (transferida por ocurrir en el domingo con celebración trasladada y de rango litúrgico superior -Cuerpo y Sangre del Señor-, a tenor de la "Tabla de precedencias" de las NUALC).

Después de Nona, Misa del Cuerpo y la Sangre del Señor y en la Liturgia de las Horas, Primeras Vísperas de esta misma solemnidad.


Domingo 24 de junio:

Misa y Liturgia de las Horas de la solemnidad del Cuerpo y la Sangre del Señor durante todo el día.


Esquema b): posposición de la solemnidad de la Natividad de san Juan Bautista al lunes 25 de junio:


Sábado 23 de junio:

Hasta Nona, Misa y Liturgia de las Horas de la feria. Desde Nona, Misa del Cuerpo y la Sangre del Señor y Liturgia de las Horas de las Primeras Vísperas de esta solemnidad.



Domingo 24 de junio:

Misa y Liturgia de las Horas de la solemnidad del Cuerpo y la Sangre del Señor durante todo el día. Se omiten la Misa vespertina de la Vigilia y las Primeras Vísperas de la solemnidad de la Natividad de san Juan Bautista, por concurrencia con la solemnidad del Señor, que prima frente a ellas.


Lunes 25 de junio:

Misa y Liturgia de las Horas de la solemnidad de la Natividad de san Juan Bautista (transferida por ocurrir en el domingo con celebración de rango litúrgico superior -Cuerpo y Sangre del Señor-, a tenor de la "Tabla de precedencias" de las NUALC).


En este mismo caso, la solemnidad de los santos apóstoles Pedro y Pablo (29), por ocurrir con la del Sagrado Corazón de Jesús, se antepondría al jueves 28 o se pospondría al sábado 30, pues ambos son "el día más próximo libre de celebraciones del 1 al 8 de la Tabla de precedencias". El esquema litúrgico celebrativo es el que se ha planteado más arriba (Caso A).


+Donde la solemnidad del Cuerpo y la Sangre del Señor permanece en el jueves que le es tradicionalmente propio:


Cuando la solemnidad del Cuerpo y la Sangre del Señor no se pospusiera al domingo 24, permaneciendo en su fecha tradicional del jueves 21 de junio (lo cual ocurre normalmente -aunque no siempre- donde es de precepto; aunque hay lugares en que, sin ser de precepto, permanece en su día original del jueves), el esquema sería algo diferente, y dependería de a qué fecha se traslade la solemnidad de los santos Pedro y Pablo, apóstoles, ocurrente con la del Sagrado Corazón de Jesús:

 
Miércoles 20 de junio:

Hasta Nona, Misa y Liturgia de las Horas matutinas, de la feria correspondiente. Por la tarde, Misa de la solemnidad del Cuerpo y la Sangre del Señor, si es de precepto, o de la feria correspondiente, si no lo es. En cualquier caso, primeras Vísperas de la solemnidad.


Jueves 21 de junio: 

Misa y Liturgia de las Horas de la solemnidad del Cuerpo y la Sangre del Señor. Se omite la memoria obligatoria de san Luis Gonzaga, religioso.


Sábado 23 de junio:

Misa vespertina de la Vigilia de la solemnidad de la Natividad de san Juan Bautista y Liturgia de las Horas con Primeras Vísperas de la misma solemnidad (con prioridad ante el domingo del Tiempo Ordinario).


Domingo 24 de junio:

Durante todo el día, Misa y Liturgia de las Horas de la solemnidad de la Natividad de san Juan Bautista.



Si la solemnidad de Pedro y Pablo se anticipa al jueves 28:


Miércoles 27 de junio:

Hasta Nona, Misa y Liturgia de las Horas de la feria o de la memoria facultativa de san Cirilo de Alejandría, obispo y doctor de la Iglesia. Después de Nona, Misa vespertina de la Vigilia de la solemnidad de los santos apóstoles Pedro y Pablo. Liturgia de las Horas de las Primeras Vísperas de la solemnidad.


Jueves 28 de junio:

No tiene lugar la memoria obligatoria de san Ireneo, obispo, mártir y doctor de Iglesia. Durante todo el día, Misa de la solemnidad de los apóstoles Pedro y Pablo. Hasta Nona, Liturgia de las Horas de la misma solemnidad. Después de Nona, Primeras Vísperas de la solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús.


Viernes 29 de junio:

Durante todo el día, Misa y Liturgia de las Horas del Sagrado Corazón de Jesús.


Sábado 30 de junio:

Hasta Nona, Misa y Liturgia de las Horas de la memoria obligatoria del Inmaculado Corazón de María. Desde Nona, y por todo el fin de semana, Misa y Liturgia de las Horas dominicales del Tiempo Ordinario.


Si la solemnidad de Pedro y Pablo se pospone al sábado 30:
 

Jueves 28 de junio:


Durante todo el día, Misa de la memoria obligatoria de san Ireneo, obispo, mártir y doctor de la Iglesia. No tiene lugar la Misa vespertina de la Vigilia de la solemnidad de los Apóstoles Pedro y Pablo, solemnidad que debe ser trasladada por coincidir con la del Sagrado Corazón de Jesús. Hasta Nona, Liturgia de las Horas de la misma memoria. Por la tarde, Primeras Vísperas de la solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús. 


Viernes 29 de junio:

Durante todo el día, Misa y Liturgia de las Horas de la solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús. No tiene lugar la Misa vespertina de la Vigilia de la solemnidad trasladada de los apóstoles Pedro y Pablo.


Sábado 30 de junio:

No tiene lugar la memoria obligatoria del Inmaculado Corazón de María. Hasta Nona, Misa de la solemnidad trasnferida de los santos Pedro y Pablo. Después de Nona, Misa dominical del Tiempo Ordinario. Durante todo el día, Liturgia de las Horas de la antedicha solemnidad, de acuerdo con la precedencia establecida en la mencionada "Tabla".


Para concluir, conviene recordar, la posibilidad litúrgica de trasladar una solemnidad o una fiesta del Señor al domingo anterior o al siguiente, si se trata del Tiempo Ordinario. Para profundizar sobre esa norma, hacer clic aquí. Estos casos pueden plantear nuevos, interesantes y múltiples esquemas celebrativos.


24 de junio de 2019, solemnidad del Nacimiento de san Juan Bautista.
Entrada dedicada a él, a los santos apóstoles Pedro y Pablo y al Corazón de Jesús, por el que los tres gloriosos santos ofrecieron su vida.
(Última actualización de la entrada: 21/6/22).


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