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miércoles, 5 de noviembre de 2014

Las sagradas reliquias: Razón de ser y culto


Relicario con la sangre de San Juan Pablo II


Documentos de la Iglesia: negro. Resaltado: negrita.
Comentarios del blog: azul.

Para el 5 de noviembre, el Calendario litúrgico preconciliar, establecía una festividad dedicada a las "Sagradas reliquias". Algunos calendarios particulares aún conservan en el mismo día esta celebración (como el de la Diócesis de Bérgamo). Otros, eligen una fecha cercana, como el de la Región de Los Abruzzos y Molise, que celebra la "memoria de los santos cuyas reliquias son veneradas en la diócesis", el 8 de noviembre, al concluir el octavario de difuntos.

Esta entrada pretende citar y comentar algunos de los documentos más importantes de la Iglesia sobre el tema de las reliquias y su culto.

La veneración de las reliquias de los bienaventurados hunde sus raíces en el Antiguo Testamento y está atestiguada en el Nuevo. Desde los orígenes mismos del cristianismo, los creyentes veneraron los cuerpos de los mártires y también los objetos que a ellos pertenecieron o que fueron tocados a sus cuerpos.

Al parecer, los antiguos cristianos, en los primeros tiempos de las persecuciones, entendían muy bien la razón de ser del culto a las reliquias, en el sentido de que eran conscientes de que se trataba de un modo de reconocer y honrar en los campeones de la fe el triunfo del mismo Cristo, a Quien estos elegidos habían sabido imitar de modo ejemplar.

Ahora bien, la ignorancia o el afán de lucro de algunos malos católicos, sumados a la prédica errónea, a veces de buena fe, a veces maliciosa, de los no cristianos, e incluso de los cristianos de denominaciones no católicas,  fue creando desvíos en el culto debido a las reliquias.

Para combatir tales desvíos,  la Iglesia, que es Madre y Maestra, ha visto la necesidad de emanar ciertos documentos doctrinales, conforme lo iba requiriendo el devenir de las generaciones y las cuestiones que al respecto fueron suscitándose.

Recordemos los más puntuales:

Concilio de Trento, sesión XXV (año 1563).

“Instruyan también a los fieles en que deben venerar los santos cuerpos de los santos mártires, y de otros que viven con Cristo, que fueron miembros vivos del mismo Cristo, y templos del Espíritu Santo, por quien han de resucitar a la vida eterna para ser glorificados, y por los cuales concede Dios muchos beneficios a los hombres; de suerte que deben ser absolutamente condenados, como antiquísimamente los condenó, y ahora también los condena la Iglesia, los que afirman que no se deben honrar, ni venerar las reliquias de los santos; o que es en vano la veneración que estas y otros monumentos sagrados reciben de los fieles; y que son inútiles las frecuentes visitas a las capillas dedicadas a los santos con el fin de alcanzar su socorro”.

Al exhortar a los fieles a la veneración de los cuerpos de los mártires "y de otros", queda claro que dichos mártires ocupan el primer lugar (después de ángeles, patriarcas y profetas) entre las numerosas categorías de santos a los que la Iglesia rinde culto, pero que también es igual y absolutamente lícito venerar los cuerpos de los santos y beatos no mártires. Las razones de tal licitud en la veneración son claramente explicitadas:

1. Fueron miembros vivos del mismo Cristo. (El verbo en pasado alude a la realidad terrena de los cuerpos).
2. Fueron templo del Espíritu Santo (ídem).
3. Van a resucitar a la Vida eterna al final de los tiempos. En este sentido, son "semillas de inmortalidad".
4. Dios quiere conceder gracias a los fieles a través de esos cuerpos santos.

“Destiérrese absolutamente toda superstición en la invocación de los santos, en la veneración de las reliquias, y en el sagrado uso de las imágenes; ahuyéntese toda ganancia sórdida; evítese en fin toda torpeza; de manera que no se pinten ni adornen las imágenes con hermosura escandalosa; ni abusen tampoco los hombres de las fiestas de los santos, ni de la visita de las reliquias, para tener convitonas, ni embriagueces: como si el lujo y lascivia fuese el culto con que deban celebrar los días de fiesta en honor de los santos. Finalmente pongan los Obispos tanto cuidado y diligencia en este punto, que nada se vea desordenado, o puesto fuera de su lugar, y tumultuariamente, nada profano y nada deshonesto; pues es tan propia de la casa de Dios la santidad. Y para que se cumplan con mayor exactitud estas determinaciones, establece el santo Concilio que a nadie sea lícito poner, ni procurar se ponga ninguna imagen desusada y nueva en lugar ninguno, ni iglesia, aunque sea de cualquier modo exenta, a no tener la aprobación del Obispo. Tampoco se han de admitir nuevos milagros, ni adoptar nuevas reliquias, a no reconocerlas y aprobarlas el mismo Obispo. Y éste, luego que se certifique en algún punto perteneciente a ellas, consulte algunos teólogos y otras personas piadosas, y haga lo que juzgare convenir a la verdad y piedad. En caso de deberse extirpar algún abuso, que sea dudoso o de difícil resolución, o absolutamente ocurra alguna grave dificultad sobre estas materias, aguarde el Obispo antes de resolver la controversia, la sentencia del Metropolitano y de los Obispos comprovinciales en concilio provincial; de suerte no obstante que no se decrete ninguna cosa nueva o no usada en la Iglesia hasta el presente, sin consultar al Romano Pontífice”.
San Pío X Encíclica Pascendi (1907).

En el texto precedente, el Papa santo destaca en primer lugar todo lo que no es lícito en el culto a los santos, a sus imágenes y reliquias, y el aprovechar los lugares en que se veneran para realizar cualquier tipo de reuniones mundanas. Se afirma también que es el Obispo el que debe aprobar la entronización y la veneración de imágenes y reliquias. En caso de dudas, debe consultar con sus hermanos en el episcopado. La última palabra en todo aquello nuevo o sobre lo que no se llegue a un acuerdo, corresponde al Papa.

“Acerca de las sagradas reliquias, obsérvese lo siguiente: si los obispos, a quienes únicamente compete esta facultad, supieren de cierto que alguna reliquia es supuesta (esto es, de dudosa autenticidad), retírenla del culto de los fieles. Si las «auténticas» de alguna reliquia hubiesen perecido, ya por las revoluciones civiles, ya por cualquier otro caso fortuito, no se proponga a la pública veneración sino después de haber sido convenientemente reconocida por el obispo. El argumento de la prescripción o de la presunción fundada sólo valdrá cuando el culto tenga la recomendación de la antigüedad, conforme a lo decretado en 1896 por la Sagrada Congregación de Indulgencias y Sagradas Reliquias, al siguiente tenor: «Las reliquias antiguas deben conservarse en la veneración que han tenido hasta ahora, a no ser que, en algún caso particular, haya argumento cierto de ser falsas o supuestas»“  (Pascendi n. 55). (Es lo que ocurre, por dar un ejemplo, con las reliquias de los Magos de Oriente, veneradas en la catedral de Colonia, en Alemania; el Martirologio actual oficializa el culto y conserva la fiesta de la traslación de estas reliquias el día 24 de julio).

A propósito de las reliquias, comparto con ustedes una foto que tomé en 2011, que muestra la reliquia insigne (v. infra) del cráneo de santa Inés, en la basílica romana de Santa Inés en el Agonal:

Reliquia insigne del cráneo de Santa Inés


Código de Derecho Canónico

Dos cánones nos instruyen sobre el tema:

1190

§ 1. Está terminantemente prohibido vender reliquias sagradas. (Es el pecado llamado "simonía").

§ 2. Las reliquias insignes así como aquellas otras que gozan de gran veneración del pueblo no pueden en modo alguno enajenarse válidamente o trasladarse a perpetuidad sin licencia de la Sede Apostólica.

§ 3. Lo prescrito en el § 2 vale también para aquellas imágenes que, en una iglesia, gozan de gran veneración por parte del pueblo.

1237

§ 1. Se deben dedicar los altares fijos, y dedicar o bendecir los móviles, según los ritos prescritos en los libros litúrgicos.

§ 2. Debe observarse la antigua tradición de colocar bajo el altar fijo reliquias de Mártires o de otros Santos, según las normas litúrgicas. (Es importante la aclaración "bajo el altar". No arriba, ni en la piedra misma del ara. El Ritual de la Dedicación de iglesias y altares aclara muy bien este detalle que, por ser tal, no es menor. En efecto, sobre el altar, solo el Cordero. Debajo del altar, los que han sabido imitarlo y se han unido más íntimamente a él por la práctica heroica de las virtudes. Es lo que explica con claridad el punto 237 del Directorio sobre la piedad popular y la liturgia citado más abajo). 

La noche que precede a la solemne Dedicación de una iglesia, suele organizarse una vigilia de oración con las reliquias de los santos que serán colocadas bajo el altar; ellas son expuestas a la pública veneración, y se meditan textos de los santos a los que pertenecen.

Toda reliquia expuesta se venera con dos golpes dobles (ductus) de turíbulo (Cf. IGMR, 277). Los nombres de los santos a los que corresponden han de agregarse en toda letanía de santos que se cante en la iglesia en la que se conservan, respetando el orden de las categorías. Si son beatos, se pueden añadir al final, con la venia del Ordinario del lugar.

Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1674

Además de la liturgia sacramental y de los sacramentales, la catequesis debe tener en cuenta las formas de piedad de los fieles y de religiosidad popular. El sentido religioso del pueblo cristiano ha encontrado, en todo tiempo, su expresión en formas variadas de piedad en torno a la vida sacramental de la Iglesia: tales como la veneración de las reliquias, las visitas a santuarios, las peregrinaciones, las procesiones, el via crucis, las danzas religiosas, el rosario, las medallas, etc. (cf Cc. de Nicea II: DS 601;603; Cc. de Trento: DS 1822).

Así de escueto es el Nuevo Catecismo cuando se refiere al tema de las reliquias. El Documento que sigue a continuación se explaya más, recogiendo los puntos más importantes de las enseñanzas de la Iglesia en sus diferentes documentos, y reexplicándolos:


Directorio sobre la piedad popular y la liturgia

Las reliquias de los Santos

236. El Concilio Vaticano II recuerda que "de acuerdo con la tradición, la Iglesia rinde culto a los santos y venera sus imágenes y sus reliquias auténticas". La expresión "reliquias de los Santos" indica ante todo el cuerpo - o partes notables del mismo - de aquellos que, viviendo ya en la patria celestial, fueron en esta tierra, por la santidad heroica de su vida, miembros insignes del Cuerpo místico de Cristo y templos vivos del Espíritu Santo (cfr. 1 Cor 3,16; 6,19; 2 Cor 6,16). En segundo lugar, objetos que pertenecieron a los Santos: utensilios, vestidos, manuscritos y objetos que han estado en contacto con sus cuerpos o con sus sepulcros, como estampas, telas de lino, y también imágenes veneradas. (Las reliquias aludidas tras la expresión "ante todo"...", se llaman "de primera clase", y son las más dignas. Son las que se colocan preferentemente debajo de los altares, y las que se llevan procesionalmente y se veneran con solemnidad en las beatificaciones y canonizaciones. Son las que las diferentes Congregaciones y Órdenes religiosas, o las iglesias de mayor dignidad, antiguas y nuevas, conservan en hermosos cofres y relicarios, y las exponen a la pública veneración o bien de forma permanente, o bien para las festividades de los santos o  beatos a los que pertenecen, o bien en circunstancias extraordinarias en que convenga pedir la intercesión de estos elegidos. Estas reliquias son "insignes", si se trata de todo el cuerpo o de un órgano entero o de una parte completa del cuerpo del bienaventurado (el cráneo); "notables", si se trata de una parte importante de las insignes (un hueso, por ejemplo); "mínimas", cuando se trata de una parte pequeña del cuerpo, como el cabello, una fracción de piel, o un diente. Las reliquias aludidas a partir de la expresión "En segundo lugar..." son llamadas "de segunda clase". Los objetos que, sin haber pertenecido o sido usados por los santos, han estado en contacto con alguna reliquia de primera clase de ellos, son conocidos como reliquias "de tercera clase").

237. El Misal Romano, renovado, confirma la validez del "uso de colocar bajo el altar, que se va a dedicar, las reliquias de los Santos, aunque no sean mártires". Puestas bajo el altar, las reliquias indican que el sacrificio de los miembros tiene su origen y sentido en el sacrificio de la Cabeza, y son una expresión simbólica de la comunión en el único sacrificio de Cristo de toda la Iglesia, llamada a dar testimonio, incluso con su sangre, de la propia fidelidad a su esposo y Señor.

A esta expresión cultual, eminentemente litúrgica, se unen otras muchas de índole popular. A los fieles les gustan las reliquias. Pero una pastoral correcta sobre la veneración que se les debe, no descuidará:

- asegurar su autenticidad; en el caso que ésta sea dudosa, las reliquias, con la debida prudencia, se deberán retirar de la veneración de los fieles;

- impedir el excesivo fraccionamiento de las reliquias, que no se corresponde con el respeto debido al cuerpo; las normas litúrgicas advierten que las reliquias deben ser de "un tamaño tal que se puedan reconocer como partes del cuerpo humano";

- advertir a los fieles para que no caigan en la manía de coleccionar reliquias; esto en el pasado ha tenido consecuencias lamentables;

- vigilar para que se evite todo fraude, forma de comercio y degeneración supersticiosa.

Las diversas formas de devoción popular a las reliquias de los Santos, como el beso de las reliquias, adorno con luces y flores, bendición impartida con las mismas, sacarlas en procesión, sin excluir la costumbre de llevarlas a los enfermos para confortarles y dar más valor a sus súplicas para obtener la curación, se deben realizar con gran dignidad y por un auténtico impulso de fe. En cualquier caso, se evitará exponer las reliquias de los Santos sobre la mesa del altar: ésta se reserva al Cuerpo y Sangre del Rey de los mártires. 

El 17 de diciembre de 2017, la Congregación para las Causas de los Santos publicó una "Instrucción", con fecha del 8 del mismo mes (aprobada por el Papa Francisco el 5), que recoge y esclarece la doctrina de la Iglesia sobre el tema, a la vez que recuerda ciertos lineamientos existentes y establece otros.  El texto se titula: «Las re­li­quias en la Igle­sia: Au­ten­ti­ci­dad y Con­ser­va­ción».


Para profundizar sobre el tema de las reliquias, también se pueden consultar numerosas páginas católicas. Sugiero dos de ellas.

Hacer clic:  Aquí: (Profundización con citas de los Padres de la Iglesia).

                   Aquí: (Visiones de la beata Ana Catalina Emmerick).


5 de noviembre de 2014, festividad de las Sagradas Reliquias (en algunos calendarios particulares).
(Última actualización de la entrada: 05/11/22).

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