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| Arcángel Gabriel (Puerta Santa) |
Pregunta:
¿Se cumple el precepto de la Inmaculada Concepción, participando de la Misa vespertina del Domingo II de Adviento cuando este ocurre un 7 de diciembre?
Respuesta:
Respecto del cumplimiento del precepto:
Según el Código de Derecho Canónico, se cumple el precepto participando de la Misa del día o en la de la tarde anterior. Esto es independiente del formulario que se emplee.
(Para profundizar sobre el tema, ver aquí).
Por tanto, entre la tarde del sábado 6 de diciembre y la noche del lunes 8, todos debemos participar de dos Misas (no vale el "2×1").
1. El precepto dominical se puede cumplir participando en cualquiera de las Misas del sábado a la tarde o del domingo, como siempre.
2. El precepto de la solemnidad de la Inmaculada Concepción se puede cumplir participando, o en la Misa del domingo a la tarde -aunque esta DEBA SER la de Adviento, aquí rige el mentado Código-; o en cualquiera de las del lunes.
En síntesis, para cumplir con ambos preceptos, contamos con las siguientes opciones:
a) Participar de las Misas del sábado y domingo a la tarde (aunque como se dijo, deba emplearse, en este caso, el mismo formulario).
b) Participar en las Misas matutina y vespertina del domingo (ídem).
c) Participar en las Misas matutinas del domingo y del lunes.
d) Participar en las Misas vespertinas del domingo y del lunes.
e) Participar en la Misa vespertina del domingo y en la matutina del lunes.
7 de diciembre del Año Jubilar 2025, Domingo II de Adviento.
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